Juan J. Molina

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Juan J. Molina

viernes, 16 de julio de 2010

NOCIONES DE LIBERALISMO (I)

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Conviene empezar distinguiendo lo que diferencia al liberalismo como teoría política, del enrevesado conjunto de pensadores que desde la época clásica han venido tratando el tema de la libertad humana. Lo que distingue al liberalismo de esta tradición intelectual, también conocida como “republicanismo”, es su convicción de que el mejor régimen político no es el producto nacido de una educación comunitaria en la virtud, sino el resultado de un aumento de las posibilidades de opción individuales.
Locke en razón de su teoría sobre los derechos naturales y sobre todo de la propiedad individual, es considerado como el fundador del liberalismo pero tal palabra no fue usada hasta principios del XIX, y más concretamente por los intelectuales españoles que dieron a luz a la “Constitución de Cádiz” de 1812. Hasta el punto que se podría definir el liberalismo como la conciencia de la interdependencia entre política y economía, en el sentido de que no puede haber libertad política sin libertad económica, y viceversa.
Dado que no es creíble que exista un único modo de mejorar la condición humana, todo individuo debe ser libre para mejorarla como le parezca, con el único límite del respeto a los derechos y opciones del resto de individuos.
De todo esto se desprende que el liberalismo se sitúa entre los dos extremos de la libertad individual y de la exigencia de un orden y se basa en la teoría de la acción humana, cuyo fin es tratar de prever las consecuencias de las acciones humanas realizadas para alcanzar determinados fines.
Así pues, el viaje al liberalismo partirá de lo que se conoce como tradición liberal: o sea la teoría de los tres poderes entendida como remedio institucional para limitar y reducir el poder de los estados y los políticos.
Es interesante a este respecto leer el comienzo de la obra de Hayek, uno de los principales representantes de la teoría liberal del siglo XX, titulada Derecho, legislación y libertad:

Cuando Montesquieu y los padres de la Constitución americana, basándose en ideas surgidas en Inglaterra, articularon el concepto de una constitución limitadora de los poderes del gobierno, establecieron el modelo según el cual el constitucionalismo liberal ha venido desarrollándose desde entonces. Animábales, sobre todo, la idea de proporcionar una adecuada salvaguardia institucional a la libertad individual, sirviéndose para ello de artificio de la separación de poderes. Como es sabido, dicha dispersión de poder entre los órganos legislativos, judicial y administrativo no ha permitido alcanzar los objetivos deseados. Todos los gobiernos han logrado, por medios constitucionales, disponer de los poderes que aquellos hombres precisamente pretendieron negarles. Evidénciase así el fracaso de este primer intento de garantizar la libertad individual a través de la salvaguardia constitucional.

Bibliografía: Atlas del liberalismo, Raimondo Cubeddu, Unión Editorial.
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