Tres expertos en el Concierto y el Cupo desgranan los entresijos de un sistema que ha desatado las críticas de otras comunidades por los supuestos «privilegios» financieros de los que disfruta Euskadi
El debate reavivado en los últimos días desde varias comunidades autónomas sobre los supuestos privilegios de los que goza Euskadi gracias al Concierto Económico y la cantidad que paga al Estado en concepto de Cupo por los servicios que presta en el País Vasco ha derivado en una controversia partidista, que ha orillado en ocasiones la legalidad vigente y los criterios técnicos en los que se basa ese singular régimen. «Cupo sí, cuponazo no», «falta de solidaridad» y «financiación excesiva» son algunas de las expresiones utilizadas en la polémica. El catedrático de Hacienda Ignacio Zubiri, el economista del CSIC Ángel de la Fuente y el catedrático de Derecho Constitucional Alberto López Basaguren exponen su visión sobre el sistema fiscal vasco, su anclaje legal y las posibilidades reales de extenderlo a otras comunidades tanto desde el punto de vista político como económico.
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¿Lo que paga Euskadi de Cupo es insolidario?
El Cupo teórico tiene elementos de solidaridad. Por un lado, lo que se financia de los gastos comunes (los que realiza el Estado en toda España) se hace en proporción a la renta de la comunidad autónoma del País Vasco (en vez de en proporción a la población). Segundo, porque se paga una pequeña contribución a la financiación del desarrollo de otras regiones (financiando el 6,24% del Fondo de Compensación Interterritorial). En la práctica, no obstante, esto se ve minorado parcialmente porque algunos componentes del sistema están medidos de forma incorrecta y tienden a favorecer a Euskadi.
En todo caso, incluso el Cupo teórico daría lugar a una aportación a otras comunidades autónomas mucho menor que lo que hacen las comunidades ricas de régimen común. La razón es que el sistema común es muy igualitarista e iguala los recursos per cápita (ajustados por necesidad). De esta forma, implícitamente, las ricas aportan a las demás todos los impuestos que pagan sus residentes por encima de la necesidad promedio de las comunidades autónomas de todo el país. Eso hace que, por ejemplo, Cataluña tenga un déficit fiscal muy elevado. Aporta mucho en impuestos (porque es rica) y recibe per cápita lo mismo que las demás para gasto.
La comunidad autónoma, por tanto, aporta a la solidaridad, pero en los términos pactados en el Concierto. Estos términos son diferentes a los de del resto de las comunidades (salvo Navarra) y compararlos es comparar sistemas y pactos diferentes. Si estas diferencias de pacto están justificadas o no, es una cuestión política.
¿Sería extensible la fórmula del Concierto a otras comunidades?
Generalizar el sistema foral es imposible, porque vaciaría al Estado de capacidad fiscal, los contribuyentes tendrían que tratar con 17 administraciones tributarias que habría que coordinar, las comunidades pobres perderían muchos recursos y, si el Cupo se define como en la comunidad autónoma del País Vasco y Navarra, sería necesario subir los impuestos para mantener el gasto del Estado a los niveles actuales. Madrid, Cataluña y, en mucha menor medida, Baleares serían las ganadoras. El resto perderían, especialmente Extremadura, Andalucía y Castilla-La Mancha.
Incluso limitarlo a Cataluña sería inviable política y económicamente. Políticamente porque las demás comunidades ricas lo querrían inmediatamente. Y económicamente, primero, por la complejidad fiscal adicional para contribuyentes (una administración tributaria más con la que tratar) y para controlar las rentas por parte de las autoridades fiscales. Y segundo, porque si el Cupo se definiera como en los casos forales Cataluña pasaría a tener más recursos porque recuperaría buena parte del llamado déficit fiscal de Cataluña (que según quien lo mida está entre 8 y 16 mil millones de euros, equivalentes a entre el 0,8% y el 1,6% de PIB de España). Los aumentos de impuestos o las reducciones de prestaciones en las comunidades de régimen común para compensar estos recursos de menos aportados por Cataluña serían difícilmente soportables.
¿Existe la singularidad vasca fuera de la Constitución?
Las sociedades democráticas se forman por adhesiones libres. Si para que el País Vasco quisiera formar parte de España pedía esa singularidad y el resto de España la aceptó, será porque existe. Y en consecuencia debe ser respetada por ser resultado de un pacto.
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¿Lo que paga Euskadi de Cupo es insolidario?
Probablemente, pero yo no entraría en valoraciones morales. El problema es que el Cupo es sustancialmente más bajo de lo que debería ser aplicando los criterios que fija la propia Ley del Concierto para calcularlo, incluyendo aquí el ajuste a consumo del IVA. El problema lo agrava también la total falta de transparencia con la que se ha tratado el asunto. La ley dice que habría que clasificar las competencias estatales en dos grupos: las asumidas por las instituciones vascas y las no asumidas, que habría que valorar el coste de las segundas de acuerdo con los Presupuestos Generales del Estado y que el Cupo se calcula aplicando un determinado coeficiente a ese coste. Ese cálculo detallado, en la práctica no se hace, o al menos no se publica, en la Ley del Cupo donde sólo aparece un total global por arte de magia que se parece muy poco a lo que uno obtiene cuando intenta hacer las cuentas programa a programa. Lo mismo sucede con el ajuste del IVA: puesto que la ley dice que el reparto del impuesto habría que hacerlo teniendo en cuenta el peso de la comunidad autónoma del País Vasco en el consumo total de España, lo razonable sería usar los datos más recientes disponibles, pero en la práctica se utiliza un coeficiente que no se ha actualizado en veinte años o más y eso cambia muchísimo el resultado.
¿Sería extensible la fórmula del Concierto a otras comunidades?
Si el Cupo estuviese bien calculado, la fórmula sería en principio generalizable, aunque nos dejaría con un Estado muy raro, que no podría recaudar impuestos en ninguna parte de su territorio, lo que no sucede en ningún sitio. Tal como se hacen los cálculos, la fórmula no es generalizable porque la suma de las aportaciones regionales sería muy inferior al coste real de los servicios que nos sigue prestando el Estado.
¿Existe la singularidad vasca fuera de la Constitución?
Todos nos sentimos únicos, y seguramente lo somos, pero eso no nos da más derechos que a otros ciudadanos. Eso de los derechos históricos no sé muy bien qué quiere decir, pero tiene un encaje complicado en una constitución democrática moderna, especialmente si va más allá de la peculiaridad institucional y se convierte en una justificación para algún tipo de privilegio.
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¿Lo que paga Euskadi de Cupo es insolidario?
Euskadi contribuye al Fondo de Compensación Interterritorial, que, en la Constitución, parecía llamado a ser el fondo de nivelación interterritorial (es decir, el fondo de solidaridad entre los territorios). Pero ese Fondo ha quedado como algo casi residual. La nivelación o solidaridad interterritorial se materializa a través de otros Fondos previstos en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), a los que no contribuyen el País Vasco y Navarra; estos solo contribuyen a las cargas generales del Estado, en el porcentaje que se estableció (nadie sabe si sigue siendo el adecuado), pero no a la nivelación interterritorial en la prestación de los servicios, al contrario que las comunidades autónomas con mayores ingresos fiscales que la media.
¿Sería extensible la fórmula del Concierto a otras comunidades?
El Concierto, que supone la recaudación de (casi) todos los tributos del sistema general por la comunidad autónoma no existe en ningún país federal, lo que tendría que ser ya una primera señal de atención. La cuestión reside en cómo se calcula lo que se debe aportar a la Hacienda General –y aquí parece haber un problema en el cálculo del Cupo, menos técnico de lo que nos dicen– y cómo se establece la aportación a la nivelación (solidaridad). Extender a Cataluña el resultado del cálculo del Cupo de Navarra y País Vasco, con casi un 20% del PIB español, haría estallar el sistema. El reto es cómo hacer más razonable la cuantía a pagar como Cupo por el País Vasco y Navarra. Lo significativo hoy en día es que quienes ponen en entredicho el resultado del cálculo del Cupo no es el Estado (cualquiera que sea el color político del Gobierno), sino las demás comunidades autónomas.
¿Existe la singularidad vasca fuera de la Constitución?
Desde el punto de vista jurídico, la singularidad vasca existe por su reconocimiento en la Constitución. Pero es innegable que existe una continuidad histórica en esa singularidad que hace que sea muy difícil su exclusión por cualquier sistema jurídico-político que pretenda integrar a la ciudadanía del País Vasco y de Navarra. El reto es cómo gestionar políticamente esa singularidad para que no sea un elemento de distorsión del sistema en su conjunto hasta el punto de ponerlo en peligro.
Origen: Bizkaia – El Correo.com
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