Juan J. Molina

Juan J. Molina
Juan J. Molina

jueves, 6 de enero de 2011

DERECHOS DE LOS PADRES EN LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS






Cuando un tonto coge una tiza, puede pasar cualquier cosa. Si en un principio se podría entender que en las escuelas se enseñaran ciertas cosas como el funcionamiento de las instituciones, la constitución vigente y la importancia que tiene en el sistema político en que vivimos e incluso ciertos valores universalmente aceptados por todos como la solidaridad o la tolerancia, conceptos que pueden entrar dentro de la materia conocida como Educación para la ciudadanía; al leer hoy algunas de las alegaciones que el abogado del estado ha hecho para defender dicha asignatura contra la objeción de conciencia de algunos padres a que sus hijos la estudien, no puedo por menos que replantearme la seria posibilidad de que efectivamente este gobierno sí que pretendía adoctrinar a los alumnos según los valores y morales que defiende el partido político que ostenta hoy la Jefatura del Estado.
Entre otras cosas la abogacía del Estado dice:
 “El derecho constitucional de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que estén de acuerdo con sus propias convicciones no supone que la implicación en las virtudes cívicas deba considerarse monopolio de los padres, aunque ciertamente éstos pueden y deben tener un importante papel en la formación de buenos ciudadanos. Pero también la escuela ha de contribuir a ello”.
"la formación democrática de los ciudadanos dentro del sistema educativo resulta constitucionalmente imperativa" puesto que la educación "no es sólo la transmisión de conocimientos, sino la formación de las emociones y los sentimientos. No es tanto la persuasión intelectual cuanto el compromiso emocional lo que crea el hábito de la virtud cívica".
“La libertad ideológica del menor no puede quedar abandonada a lo que puedan decidir quienes tienen atribuida su guarda y custodia o su patria potestad”.
“No sabemos a ciencia cierta hasta qué punto los padres actúan en defensa de unas convicciones que la menor comparte o rechaza.”
“Difícil parece otorgar a los padres el amparo que piden cuando se ha desconsiderado la libertad ideológica de la menor”.
“La concepción filosófica que presupone la democracia es el relativismo”.
“La democracia no tiene que pedir perdón por ser un régimen esencialmente relativista, sanamente relativista.”

Empieza por igualar a padres y Estado en la potestad de educar a los hijos de tu a tu, llegando a afirmar que el Estado no puede abandonar a los menores en una especie de indefensión ideológica frente a los abusos ideológicos de los padres, esto significa que prevalece la moral y los valores que defiende el Estado frente a las posibles arbitrariedades paternas, pero ¿Cuál es la moral y los valores de un Estado democrático? Indudablemente son los de la mayoría dominante, en nuestras sociedades occidentales pueden variar desde el conservadurismo de derechas, el socialismo intervencionista de izquierdas, el liberalismo o en casos extremos fundamentalismos de cualquier índole.
 Debemos suponer que las generaciones de niños de nuestro país serán legalmente adoctrinados según la moral mayoritaria de turno que puede cambiar cada cuatro años de un extremo a otro sin problemas. Teniendo en cuenta lo que opinan unos y otros sobre la moral del contrario y los valores que defienden, ¿cómo vamos a dejar en manos del voluble Estado dicha potestad?

Además habla de la libertad ideológica de los menores, si por algo no se permite votar a los menores de 18 años es porque la sociedad considera que no han madurado lo suficiente para tomar parte en las decisiones públicas, por lo tanto, presupone que una libertad ideológica inmadura puede entrar en conflicto con las imposiciones ideológicas de los responsables principales: los padres, pero lo soluciona otorgando al Estado la tutoría de esa ideología obviando que la propia ideología del Estado puede estar en conflicto con la supuesta libertad ideológica del menor. Esta teoría convierte al Estado democrático en infalible sin importar quienes manejen las riendas de ese Estado.

la abogacía del Estado da por hecho que la democracia es un imperativo social declarando la enseñanza de  este sistema de gobierno como “imperativo”, los demócratas estamos de acuerdo en que aun siendo un sistema defectuoso, comparado con los demás hasta el momento, es el mejor. Pero precisamente sus cualidades radican en que es un sistema relativo, como ellos mismo defienden, por lo tanto, ni es infalible ni tampoco imperativo, es tan solo una forma de gobernarnos en la que las libertades y los derechos de los ciudadanos y las minorías están protegidos por ley, incluso contra los desmanes de un gobierno que pueda pretender imponer su moral y sus valores por encima de la libertad individual, entre esas libertades están la del derecho a  la educación:

Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Art. 27.3 CE

Este derecho ha sido usurpado por el Estado según estas alegaciones ya que no se puede confiar en la moral y las convicciones de dichos padres.
La democracia como defienden los contextualistas nace y se desarrolla en un contexto determinado que permite su crecimiento, en unas condiciones sociales e históricas adecuadas, un contexto inadecuado, inapropiado histórica o socialmente impediría el nacimiento y desarrollo sano de una democracia, la democracia por desgracia no es universal, no se puede exportar ni tampoco imponer y los intentos de hacerlo suelen ser  siempre un fracaso. Nuestra sociedad es democrática por convicción y madurez y no por imperativo como pretenden hacer estos gobernantes.
El sistema debe velar por la defensa de las libertades, la ley y el orden, impidiendo que los malos gobernantes puedan hacer mucho daño cuando alcanzan el poder, entre otras cosas, impidiendo que impongan su moral y sus valores sobre los demás.

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